Cobrar el paro y ser autónomo es posible, pero solo si cumples con una serie de requisitos. En caso contrario, la prestación por desempleo puede pausarse o extinguirse.
Es importante que conozcas esta información, ya que si dependes de los ingresos de tu prestación para tu supervivencia y tu actividad como autónomo no despega, las consecuencias pueden ser graves para tu economía.
Con la intención de que accedas a una información detallada, te hemos preparado este artículo donde recogemos los supuestos en los que es posible percibir el paro y ser autónomo.
Cobrar el paro y ser autónomo: ¿es posible?
Cobrar el paro y ser autónomo es posible, pero solo en algunos casos.
Si te haces autónomo o trabajador por cuenta propia y estás percibiendo una ayuda al desempleo, atendiendo a lo dispuesto por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), generalmente el abono de la prestación va a interrumpirse.
En otras palabras, en la mayoría de los casos, al darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) pierdes el derecho a percibir tu indemnización por desempleo, y esta puede pausarse o extinguirse.
Pausa de la prestación
Puedes volver a solicitar tu ayuda al desempleo tras la pausa al darte de alta como autónomo para volver a percibirla en estos casos:
- Cuando tu alta como trabajador por cuenta propia ha durado menos de 24 meses, te hayas dado de alta o no alguno de los Regímenes de la Seguridad Social.
- Cuando tu duración como trabajador por cuenta propia ha sido superior a 24 meses, pero inferior a 60 meses y te has dado de alta en el RETA o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Recuerda que el plazo para volver a solicitar el paro es de 15 días hábiles a partir del día de solicitud de cese como autónomo.
Si se da el caso de que, al cesar tu condición de trabajador por cuenta propia, tuvieras derecho a una protección por cese de actividad, vas a poder elegir cobrar esa prestación o reanudar el paro que quedó en pausado.
Extinción de la prestación
En los siguientes dos casos, la prestación por desempleo se extinguirá, es decir, ya no vas a poder reanudarla:
- Cuando tu condición de trabajador por cuenta propia dura 60 meses o más.
- Cuando tu condición de trabajador por cuenta propia dura entre 24 meses y 60 meses y no te has dado de alta en algunos de los regímenes de la Seguridad Social.
Sin embargo, como ya hemos avanzado, sí es compatible cobrar el paro y ser autónomo siempre que respetes una serie de requisitos que abordamos seguidamente.
Supuestos en los que puedes ser autónomo y cobrar el paro
Si te preguntas cómo hacerse autónomo sin perder el paro, esto es posible pero únicamente en los siguientes supuestos.
Estás percibiendo la prestación por desempleo contributiva
En el caso de que hayas terminado completamente tu actividad laboral y estés recibiendo la prestación por desempleo de nivel contributivo, puedes mantenerla si te das de alta como autónomo mientras este nuevo estatus no se extienda en más de 270 días o durante el tiempo inferior que te quede por percibir la prestación.
Para ello, debes pedir la compatibilidad en un plazo máximo de 15 días desde el alta como trabajador por cuenta propia.
Te incorporas como socio en una empresa
Otro supuesto de compatibilidad entre el paro y tu trabajo como autónomo es que te incorpores en una sociedad laboral de nueva creación en calidad de socio o socio trabajador de una cooperativa de trabajo.
Ten presente que si cumples este criterio, vas a percibir el 100 % de tu paro menos el descuento por el impuesto sobre las personas físicas o IRPF aplicable.
Ahora bien, llegados a este punto, es preciso señalar que existen una serie de exclusiones a esta compatibilidad:
- Si no te das de alta como autónomo en alguno de los regímenes de la Seguridad Social.
- Si te incorporas como socio a una sociedad mercantil.
- Si tu último empleo ha sido también por cuenta propia.
- Si has utilizado este derecho en los 24 meses anteriores a la fecha de tu alta como autónomo.
- Si has solicitado el pago único de la prestación por desempleo en los 24 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio en tu nueva situación de trabajador por cuenta propia.
- Si firmas un contrato como trabajador por cuenta propia con la empresa o alguna de las empresas del mismo grupo empresarial en el que trabajabas antes de tu alta como autónomo.
Solicitar la capitalización del paro al darte de alta como autónomo
Otra posibilidad a la que puedes optar es la capitalización del paro que consiste en pedir el pago único del total de tu prestación por desempleo que te quede por percibir.
Esta medida tiene como objetivo incentivar las iniciativas de emprendimiento.
Así las cosas, puedes solicitarlo si te encuentras en alguna de estas situaciones:
- Trabajar como autónomo, pero no bajo la figura de un autónomo económicamente dependiente o TRADE facturando a una empresa para la que trabajabas antes del alta. En otras palabras, no debes facturar un mínimo del 75 % a esa empresa.
- Utilizar el importe para hacer una aportación a una empresa mercantil solo si es de nueva creación o ha sido creada en los 12 meses anteriores a la solicitud, siempre que poseas el control efectivo de la misma y trabajes en ella.
- Comprar acciones de la organización mercantil en la que trabajabas y que ha sido declarada en concurso de acreedores para transformarla en una cooperativa o sociedad laboral.
Convertirse en un trabajador autónomo implica siempre una inversión el tiempo y en dinero, así como un riesgo.